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Registro de IVA en los EAU

Registro de IVA
en los EAU.

Los EAU aplican un IVA del 5% a la mayoría de bienes y servicios, y una vez que su facturación supera el umbral obligatorio, el registro es obligatorio. Le ayudo a determinar si debe (o le conviene) registrarse, a completar correctamente su registro de IVA ante la FTA, y a entender sus obligaciones de declaración continuas, para que el IVA se convierta en algo rutinario, no en un riesgo.

5%
Tasa de IVA
Estándar
375K
Umbral
Obligatorio
187.5K
Umbral
Voluntario
FTA
Autoridad Federal
Tributaria
Lo Esencial

Cómo Funciona el IVA
en los EAU

Imran Mirza
Fundador y Director General, XILLION Group UAE
✓ Revisado por el Fundador

El IVA suele complicar a la gente de dos maneras: registrarse demasiado tarde y generar sanciones, o presentar las declaraciones de forma incorrecta. Llámeme al +971 50 158 5088 y le ayudaré a registrarse y a configurarlo todo correctamente desde el principio.

Los dos aspectos en los que los fundadores más se equivocan con el IVA son registrarse en el momento equivocado, demasiado tarde, generando sanciones, y presentar las declaraciones de forma incorrecta. Ambos errores se pueden evitar con una configuración adecuada desde el principio.

El Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica en los EAU a una tasa estándar del 5% sobre la mayoría de los bienes y servicios. Las empresas deben registrarse a efectos de IVA ante la Autoridad Federal Tributaria una vez que su facturación imponible supera el umbral de registro obligatorio de AED 375,000 durante el período correspondiente. Las empresas con una facturación superior a AED 187,500 pueden registrarse de forma voluntaria.

El registro voluntario puede tener sentido incluso antes de que sea obligatorio, por ejemplo, para recuperar el IVA soportado en sus costes, o para presentar un perfil más consolidado ante clientes y bancos. Que le convenga o no depende de su estructura de costes y de sus clientes, por lo que merece la pena analizarlo detenidamente en lugar de tomar una decisión por defecto.

Una vez registrado, el IVA es sobre todo una cuestión de disciplina: cobrarlo correctamente, emitir facturas conformes a la normativa, mantener registros adecuados y presentar las declaraciones a tiempo. Nos encargamos del registro de principio a fin y nos aseguramos de que entienda el ciclo continuo, para que se convierta en una rutina y no en una fuente de sanciones.

El error más común con el IVA: registrarse tarde después de superar el umbral de AED 375,000, lo que genera sanciones administrativas. Le ayudamos a supervisar su situación y a registrarse en el momento adecuado, no después de haber incurrido ya en una multa.

El Proceso de IVA de XILLION

De la Evaluación
a la Presentación Rutinaria

1

Evaluación

Confirmamos si debe registrarse obligatoriamente, o si el registro voluntario le resulta beneficioso.

2

Registro

Completamos su registro de IVA ante la FTA de forma correcta y puntual.

3

Facturación

Configuramos desde el principio una facturación y un registro de documentación conformes a la normativa.

4

Declaraciones

Le explicamos con claridad su ciclo de declaraciones de IVA y los plazos correspondientes.

5

Cumplimiento

Coordinamos el IVA con su situación de impuesto de sociedades y su estructura global.

Cómo se Aplica

Qué Significa
el IVA para Usted

Tasa Estándar del 5%

El IVA se aplica al 5% sobre la mayoría de los bienes y servicios. Algunos suministros tienen tipo cero o están exentos según la actividad.

Obligatorio a Partir de 375K

El registro es obligatorio una vez que la facturación imponible supera los AED 375,000 durante el período correspondiente.

Voluntario a Partir de 187,5K

Las empresas con una facturación superior a AED 187,500 pueden registrarse voluntariamente, algo útil para recuperar el IVA soportado o reforzar su perfil.

Declaraciones Periódicas

Las empresas registradas presentan declaraciones periódicas ante la FTA, normalmente de forma trimestral, y abonan el IVA correspondiente antes del plazo establecido.

A Quién Ayudamos

Apoyo en Materia de IVA para
Toda Empresa en los EAU

Ya sea que acabe de superar el umbral, quiera registrarse de forma voluntaria o necesite ayuda para presentar correctamente sus declaraciones, hacemos que el IVA sea sencillo y lo mantenemos coordinado con su situación fiscal general.

Nuevas y en Crecimiento

Empresas que se acercan o superan el umbral de AED 375,000 y necesitan registrarse en el momento adecuado.

Registrantes Voluntarios

Empresas con una facturación superior a AED 187,500 que estudian el registro voluntario para recuperar el IVA soportado o generar credibilidad.

Empresas Ya Registradas

Empresas registradas que necesitan ayuda para gestionar correctamente sus declaraciones, facturación y registros.

Zona Franca y Mainland

Tanto empresas de zona franca como mainland que necesitan gestionar el IVA junto con su situación de impuesto de sociedades.

Qué Implica

Qué Requiere el
Registro de IVA

Los requisitos dependen de su empresa y de su facturación. Confirmamos exactamente lo que necesita su caso y gestionamos el registro ante la FTA de forma correcta para que quede bien a la primera.

Registro
Datos de la licencia comercial y de constitución de la empresa
Información sobre accionistas y titularidad
Cifras de facturación e información financiera de respaldo
Datos de la cuenta bancaria de la empresa
Descripción de su actividad y de los bienes o servicios que suministra
Cumplimiento Continuo
Formato de factura fiscal conforme a la normativa, configurado desde el principio
Registro de documentación alineado con los requisitos de la FTA
Comprensión de su ciclo de declaraciones de IVA y de los plazos
Tratamiento de los suministros con tipo cero y exentos cuando corresponda
Coordinación con su situación y estructura de impuesto de sociedades
Preguntas Frecuentes

Preguntas Frecuentes
sobre el Registro de IVA

Estas son respuestas generales. Cada caso se revisa de forma individual. Llame a Imran al +971 50 158 5088 para una evaluación directa de su situación.

¿Cuándo debo registrarme a efectos de IVA en los EAU?

El registro es obligatorio una vez que su facturación imponible supera los AED 375,000 durante el período correspondiente. Las empresas con una facturación superior a AED 187,500 pueden registrarse de forma voluntaria. Evaluamos su facturación y actividad para confirmar su obligación y el momento adecuado.

La tasa estándar de IVA es del 5% sobre la mayoría de los bienes y servicios. Algunos suministros tienen tipo cero o están exentos según la naturaleza de la actividad. Le ayudamos a entender cómo se aplica el IVA a su negocio en concreto.

Puede ser. El registro voluntario, disponible a partir de una facturación de AED 187,500, le permite recuperar el IVA soportado en sus costes y puede reforzar su perfil ante clientes y bancos. Que le convenga o no depende de su estructura de costes y de sus clientes; le ayudamos a valorarlo en lugar de decidir por defecto en un sentido u otro.

Las empresas registradas a efectos de IVA presentan declaraciones periódicas ante la FTA, normalmente de forma trimestral, aunque algunas lo hacen mensualmente. Las declaraciones deben presentarse y el IVA correspondiente debe abonarse antes del plazo establecido. Le explicamos su ciclo y obligaciones específicos durante la configuración para que no se le escape nada.

Registrarse tarde después de superar el umbral obligatorio puede generar sanciones administrativas por parte de la FTA. Le ayudamos a supervisar su facturación y a registrarse en el momento adecuado, para que cumpla con la normativa y evite multas innecesarias.

Listo para Empezar

Haga Bien su
Registro de IVA.

Reserve una consulta gratuita con Imran Mirza para confirmar si debe o le conviene registrarse a efectos de IVA, completar correctamente su registro ante la FTA y configurar la presentación de declaraciones para que se convierta en una rutina, no en un riesgo.