Los dos aspectos en los que los fundadores más se equivocan con el IVA son registrarse en el momento equivocado, demasiado tarde, generando sanciones, y presentar las declaraciones de forma incorrecta. Ambos errores se pueden evitar con una configuración adecuada desde el principio.
El Impuesto sobre el Valor Añadido se aplica en los EAU a una tasa estándar del 5% sobre la mayoría de los bienes y servicios. Las empresas deben registrarse a efectos de IVA ante la Autoridad Federal Tributaria una vez que su facturación imponible supera el umbral de registro obligatorio de AED 375,000 durante el período correspondiente. Las empresas con una facturación superior a AED 187,500 pueden registrarse de forma voluntaria.
El registro voluntario puede tener sentido incluso antes de que sea obligatorio, por ejemplo, para recuperar el IVA soportado en sus costes, o para presentar un perfil más consolidado ante clientes y bancos. Que le convenga o no depende de su estructura de costes y de sus clientes, por lo que merece la pena analizarlo detenidamente en lugar de tomar una decisión por defecto.
Una vez registrado, el IVA es sobre todo una cuestión de disciplina: cobrarlo correctamente, emitir facturas conformes a la normativa, mantener registros adecuados y presentar las declaraciones a tiempo. Nos encargamos del registro de principio a fin y nos aseguramos de que entienda el ciclo continuo, para que se convierta en una rutina y no en una fuente de sanciones.
El error más común con el IVA: registrarse tarde después de superar el umbral de AED 375,000, lo que genera sanciones administrativas. Le ayudamos a supervisar su situación y a registrarse en el momento adecuado, no después de haber incurrido ya en una multa.